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5 min tiempo de lectura · Seguridad vial

Nuevo Reglamento de Circulación 2026: así cambia la protección de los usuarios vulnerables

21 de octubre de 2026

La movilidad en España está cambiando y también lo hacen las normas que regulan cómo compartimos la carretera y las ciudades. El nuevo Reglamento General de Circulación pone el foco en las personas y, por primera vez, define oficialmente quiénes son los usuarios vulnerables de la vía.

La reforma, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, entró en vigor el 1 de octubre de 2026 e introduce nuevas reglas para peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).

Pero ¿qué cambia realmente en nuestro día a día? Estas son las principales novedades que conviene conocer.

¿Quiénes son los usuarios vulnerables?

El nuevo Reglamento define por primera vez este concepto. Son las personas que, por el medio de transporte que utilizan o por sus características físicas o edad, tienen un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente o de que estas sean más graves.

La categoría incluye:

  • Peatones, especialmente menores, personas mayores, con discapacidad o movilidad reducida.
  • Ciclistas.
  • Usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).
  • Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.

La reforma parte de una idea clara: la movilidad ya no se organiza únicamente alrededor del vehículo y la carretera, sino también de las personas que utilizan diferentes formas de desplazamiento, para asegurar su seguridad vial.

Más protección para los peatones

Los peatones ganan protagonismo, especialmente dentro de las ciudades. La reforma refuerza la consideración de las aceras y zonas peatonales como espacios prioritarios para ellos y establece nuevas medidas para proteger a quienes presentan una mayor vulnerabilidad.

Entre las novedades destacan:

  • En las zonas con plataforma única, los peatones tienen prioridad de paso.
  • Los Ayuntamientos podrán establecer caminos o zonas escolares seguros, con medidas como reducción de velocidad o restricciones al tráfico.
  • En las proximidades de colegios, hospitales o centros de personas mayores o con discapacidad podrán implantarse medidas específicas para calmar el tráfico y mejorar la seguridad.
  • Se modifica el funcionamiento de determinados semáforos para evitar que la luz ámbar intermitente para vehículos coincida con la luz verde para peatones.

El objetivo es que las ciudades sean espacios más seguros para desplazarse a pie, especialmente para quienes pueden necesitar más tiempo o espacio para hacerlo.

Nuevas reglas para bicicletas, motocicletas y ciclomotores

La reforma introduce cambios específicos para quienes circulan sobre dos ruedas, aunque las obligaciones varían según el tipo de vehículo.

Los ciclistas:

  • Deberán utilizar chaleco reflectante de forma obligatoria.
  • En vías interurbanas el casco pasa a ser obligatorio para todos.
  • Al adelantarles, los conductores deberán reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros y cambiar completamente de carril cuando la carretera tenga más de un carril por sentido.
  • En ciudad, las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril.
  • los conductores deberán mantener una distancia mínima de 5 metros respecto a los ciclistas que circulen delante por el mismo carril.
  • En determinadas calles de un único carril y con límite de 30 km/h o inferior, los Ayuntamientos podrán autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos mediante la señalización correspondiente.

En el caso de motocicletas y ciclomotores:

  • Tanto conductores como pasajeros deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier vía.
  • El casco deberá estar homologado, (y no será suficiente con que esté únicamente certificado) con un periodo transitorio de un año para adaptarse a esta exigencia.
  • Los motoristas podrán circular por el arcén derecho en determinadas situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado y no superen los 30 km/h.
  • Deberán utilizar siempre chaleco reflectante.

En conjunto, estas medidas buscan reforzar la seguridad de quienes utilizan vehículos de dos ruedas y establecer unas condiciones más claras para compartir la vía con el resto de usuarios.

¿Qué cambia para los VMP (Vehículos de Movilidad Personal)?

Los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, cuentan ahora con un marco más definido dentro del Reglamento.

Las principales novedades son:

  • La edad mínima para conducirlos es de 15 años.
  • El casco es obligatorio.
  • Por la noche o con poca visibilidad será necesario utilizar elementos luminosos y chaleco reflectante. En el caso de los riders, deberán llevarlo siempre.
  • Fuera de los núcleos urbanos, solo podrán circular por determinadas vías segregadas del tráfico a motor, como vías ciclistas o carriles bici, salvo que exista señalización que lo prohíba.
  • El alumbrado deberá permanecer encendido también durante el día a partir del 1 de octubre de 2027.

Además, los VMP no podrán circular por aceras, autopistas, autovías ni, con carácter general, por vías interurbanas.

Nuevas normas para las ciudades

Una de las grandes novedades del Reglamento es la incorporación de un nuevo Título VI dedicado específicamente a la circulación en zonas urbanas.

La norma establece unas reglas comunes, pero permite que los Ayuntamientos desarrollen determinados aspectos mediante sus propias ordenanzas. Esto afecta a cuestiones como las zonas de prioridad residencial, la circulación de bicicletas y VMP, el estacionamiento o los accesos para personas mayores, con discapacidad o movilidad reducida.

También se incorporan al Reglamento conceptos como las zonas de plataforma única, las áreas de prioridad residencial y los caminos escolares seguros.

La idea es adaptar la normativa estatal a unas ciudades en las que conviven cada vez más formas de movilidad diferentes.

¿Qué cambia para quienes conducen un coche?

Aunque muchas de las novedades están dirigidas directamente a los usuarios vulnerables, también cambian algunas cosas para quienes conducen un vehículo a motor.

  • El principal cambio es que habrá que prestar especial atención a distancias, velocidades y prioridades cuando compartamos la vía con peatones, bicicletas, motos o VMP.

Por ejemplo, y como ya hemos comentado antes, al adelantar a un ciclista en carretera habrá que reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite y mantener 1,5 metros de separación. En ciudad, habrá que conservar una distancia de 5 metros respecto a los ciclistas que circulen delante por el mismo carril.

  • También cambia la forma de actuar en una retención en autopistas y autovías. Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos, deberán colocarse de forma que quede libre un carril de emergencia para facilitar el paso de los servicios prioritarios.
  • Además, cuando se rebase a un vehículo inmovilizado, será necesario mantener una separación de al menos 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h.
  • Otra de las normas que debes conocer como conductor es que, en caso de nieve, estará prohibido adelantar y circular por el carril izquierdo.
  • Y también, que se suprimen las excepciones al uso del cinturón de seguridad.

¿Por qué se modifica ahora el Reglamento?

El Reglamento General de Circulación original entró en vigor en 2003 y, desde entonces, la forma de movernos ha cambiado considerablemente.

La propia norma señala que durante estos más de 20 años se ha producido un cambio de perspectiva: si antes el foco estaba principalmente en la carretera y el vehículo, ahora se pone en las personas y los entornos urbanos.

La reforma busca adaptar las reglas a esta nueva realidad y avanzar hacia una movilidad más segura, sostenible e inclusiva, dando mayor protección a quienes presentan un riesgo mayor en caso de siniestro.

Preguntas técnicas sobre el nuevo Reglamento de Circulación

  • ¿Por qué al adelantar a un ciclista hay que reducir la velocidad?

La reducción de velocidad disminuye la diferencia de velocidad entre ambos usuarios y, por tanto, la energía implicada en una posible pérdida de estabilidad o colisión. La nueva norma exige reducir al menos 20 km/h respecto al límite de la vía en adelantamientos fuera de poblado.

  • ¿Qué es una plataforma única?

Es una zona en la que calzada y acera están diseñadas a una misma altura para favorecer el tránsito peatonal. En estas áreas, el peatón tiene prioridad de paso en cualquier punto de la calzada.

  • ¿Los Ayuntamientos pueden modificar estas normas?

Pueden desarrollar determinados aspectos mediante sus ordenanzas municipales, pero estas no pueden contradecir ni alterar las normas establecidas en el Reglamento General de Circulación.

  • ¿Todas las novedades entraron en vigor el mismo día?

No. Aunque la reforma entró en vigor el 1 de octubre de 2026, algunas obligaciones cuentan con periodos transitorios. Por ejemplo, el alumbrado diurno obligatorio de los VMP comenzará a exigirse el 1 de octubre de 2027 y los ciclomotores disponen de un año para adaptarse a la nueva exigencia sobre homologación de los cascos.

Como has podido leer, el nuevo Reglamento no solo introduce nuevas obligaciones: refleja un cambio en la forma de entender la movilidad. Coches, bicicletas, motos, VMP y peatones comparten cada vez más el mismo espacio y necesitan unas reglas que permitan hacerlo de forma segura.

Para quienes conducen un coche, conocer estos cambios es también una forma de anticiparse a las nuevas situaciones que encontrarán en carretera y ciudad. ¿Quieres conducir un coche de renting para poder vivir en primera persona las consecuencias de este nuevo reglamento? Entonces entra en Ayvens.

Escrito por:

Raquel de Pablo

Promotora de la seguridad vial

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